¿Qué es PROSPERA?

Es el Programa adscrito a la Administración para el Sustento de Menores (ASUME) a través del cual las personas de sesenta (60) años o más que requieran sustento pueden solicitar una orden de pensión alimentaria de sus descendientes adultos/as.

¿Quiénes son mis descendientes?

Son descendientes sus hijos/as, nietos/as, bisnietos/as y así sucesivamente, en línea descendiente.

¿Qué servicios me ofrece PROSPERA?

Puede ofrecerle los siguientes servicios:

1- Localización - Si usted desconoce el paradero de los descendientes obligados a proveer alimentos a una persona de edad avanzada, PROSPERA gestionará su localización con la información que se nos provea. 

2- Establecer una pensión alimentaria – PROSPERA fijará la pensión alimentaria mediante acuerdos entre las partes o a través del Tribunal. 

3- Obligar al cumplimento de los acuerdos de la pensión alimentaria establecida – Si la/s persona/s obligada/s incumplen con los acuerdos de la pensión alimentaria establecida, PROSPERA citará a las partes y  procurará su cumplimiento, o presentará el caso ante el Tribunal para el trámite correspondiente.

4- Asesoramiento y representación legal gratuitos

5- Coordinación y referidos a otras agencias – PROSPERA coordinará otros servicios y referirá su caso a las agencias correspondientes.

Todos nuestros servicios son gratuitos.

¿Cómo puedo recibir los servicios de PROSPERA?

Si usted tiene sesenta (60) años o más y necesita alimentos de sus descendientes adultos/as cualifica para recibir nuestros servicios. Puede llamarnos o visitarnos y radicar una solicitud de servicios. Contamos con una LINEA TELEFONICA LIBRE DE COSTO-1-877-660-6060.


¿Puede alguien solicitar los servicios por mí?

Cualquier persona o entidad autorizada por usted puede representarle para solicitar los servicios de PROSPERA. 

¿Qué incluiría mi pensión alimentaria?

Incluye las aportaciones económicas (dinero) y las no monetarias como cuidados, compañía, servicios, y atenciones, entre otras.  Al fijarse la pensión alimentaria se considerará todo lo necesario para su bienestar físico, mental y emocional.

¿Por qué se incluyen las aportaciones no económicas en mi pensión alimentaria?

En muchos casos, las necesidades de sustento de las personas de edad avanzada no son de tipo económico. Requieren atenciones tales como; colaborar en las tareas del hogar, velar por sus medicamentos, realizar turnos de cuido, entre otras. Estas aportaciones no económicas pueden estar incluidas como forma alternativa de pago y como parte de la orden de pensión alimentaria.
 
¿Cómo se establece mi pensión alimentaria?

Su pensión puede establecerse mediante una de estas tres formas:

1- Estipulación – Acuerdo entre las partes que no requiere proceso de mediación.
2- Mediación - Proceso voluntario, imparcial y confidencial en el que un mediador/a del PROSPERA se reúne con usted y sus descendientes adultos/as obligados a proveerle alimentos para ayudarles a lograr acuerdos favorables.
3- Procedimiento judicial - Recurso legal que se presenta en el Tribunal para solicitar una pensión alimentaria. 

¿Dónde puedo obtener más información sobre Prospera?

Nuestra dirección postal es:
Administración para el Sustento de Menores
PROSPERA
PO BOX  192319
San Juan, Puerto Rico 00919-2319

Nuestros teléfonos son:

Directo:787-772-9337
Libre de costo:1-877-660-6060

Cuadro:787-767-1500 Ext.2898
Fax:787-772-9352